espacio jovenNORMAS DE CESION DE SALAS ESPACIO JOVEN

Normas de cesión de salas - Espacio Joven

(Revisadas a 03/04/2023)

El Centro Integral de la Juventud 'Espacio Joven' dispone de dos salas muy versátiles y polivalentes:

-    La sala de eventos: amplia e insonorizada, diseñada para dar respuesta a una gran variedad de actuaciones: talleres, conciertos, exhibiciones y presentaciones artísticas (discos, libros…), asambleas o encuentros que requieran de un espacio diáfano, etc. Dotada de ventilación y purificadores de aire con filtros HEPA. 
-    La sala de reuniones: destinada a actividades menos ruidosas y minoritarias como: reuniones, charlas, juegos de mesa, talleres minoritarios... 

Estas dos salas, además de poder albergar actividades propias de la concejalía de Juventud, se hallan a disposición de los actores sociales relacionadas con la juventud santanderina, de forma totalmente gratuita:
-    Asociaciones de jóvenes o que dirijan sus servicios a los jóvenes.
-    Jóvenes artistas no profesionales que deseen exhibir su arte.
-    Otras concejalías o instituciones que realicen actividades dirigidas a jóvenes [1].
-    Colectivos juveniles no formalizados, siempre que la actividad para la que se solicite el espacio goce de suficiente interés e impacto en la juventud.

A partir de ahí, tendrán prioridad las iniciativas asociativas de las entidades miembros del Consejo Municipal de Jóvenes y aquellas subvencionadas a través de nuestra convocatoria de ayudas para proyectos juveniles. Y también aquellas otras que -autogestionadas por parte de nuestros usuarios y/o monitores- puedan surgir a raíz de los talleres que organice el Espacio Joven en sus programaciones de ocio juvenil por las tardes o noches de fin de semana (La Noche es Joven).
También se priorizarán aquellas actividades realizadas “por y para” jóvenes. Debiéndose de cumplir -al menos- uno de esos dos requisitos: el que se halle protagonizada por jóvenes o bien que vaya destinada a un público específicamente juvenil [2]. En ambos casos se priorizará el que dichos jóvenes residan en nuestro municipio.

De ningún modo se cederán los espacios de forma continua, ni para actividades lucrativas. No se contemplan, por tanto, las cesiones de espacio como lugar de ensayo permanente, aunque sí puntual, vinculado a un proyecto [3]. Tampoco para actividades que tengan (más o menos encubiertamente) fines partidistas o religiosos [4].

Todas las actividades deberán ser gratuitas para sus jóvenes asistentes [5].

La cesión de espacios requerirá de previa solicitud y autorización por parte de los responsables del Espacio Joven y deberá adaptarse a los horarios y requerimientos de dicho centro. Para ello, la entidad solicitante deberá presentar un breve proyecto detallando el contenido y fines de la actividad, los recursos con los que cuenta para llevarla a cabo, así como los horarios y fechas solicitadas, conforme al formulario establecido. 

La solicitud deberá realizarse con un plazo mínimo de 15 días previos a la fecha solicitada.

En caso positivo, el acuerdo definitivo de cesión se formalizará con un acuerdo escrito que recoja los compromisos adquiridos por ambas partes.

El horario de cesión de espacios podrá ser, en principio, dentro del tramo inter-semanal: de lunes a jueves (en horario de mañana y tarde) y viernes por las mañanas, siempre que la sala solicitada esté disponible y no se halle ocupada por alguna de las actividades propias del Espacio Joven. Se contempla la cesión en fin de semana (viernes tarde; y sábados y domingos, mañana y tarde), pero sujeta a la existencia de recursos suficientes en el Espacio Joven que permitan la apertura fuera del horario habitual y de modo más selectivo: es decir, para proyectos que se consideren de interés juvenil, en base a las prioridades arriba señaladas. Teniendo prioridad aquellas iniciativas “abiertas” a otros jóvenes (eventos, charlas, talleres...), respecto a actividades “de carácter interno” (reuniones, ensayos…), que preferentemente deberán tener lugar en el horario inter-semanal. Además, la apertura de fin de semana estará sujeta a un aforo mínimo, que en principio será de 10-15 personas, salvo excepción.

En cuanto al nivel de aforos, para ceder la sala de reuniones se contempla un mínimo de 4 personas y un máximo de 20. Para la sala de eventos se contempla un mínimo de 8 personas y un máximo de 60 personas sentadas y 125 de pie. Estos requisitos generales de aforo son orientativos y podrían reducirse durante el horario de información juvenil (de lunes a jueves entre las 9 y las 18h) y aumentar el fin de semana (de viernes tarde a domingo). O bien flexibilizarse por causa motivada.

En principio no se contempla el consumo de comida durante el desarrollo de las actividades, salvo excepción motivada. En cuanto a bebidas, queda totalmente prohibido el consumo de alcohol y el centro dispone de una máquina de refrescos.

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[1] Excepcionalmente el Espacio Joven alberga iniciativas de otras concejalías que pueden no ir dirigidas a jóvenes, pero se trata de colaboraciones interdepartamentales, al margen de este servicio de cesión de espacios y de nuestra programación (del mismo modo que el área de Juventud nos beneficiamos de otras instalaciones municipales).

[2] Con el término “joven” nos estamos refiriendo – de forma general- a aquellos ciudadanos con edades comprendidas entre los 15-30 años, aproximadamente. Si bien, para determinado tipo de actividad, este tramo podrá ampliarse ligeramente por arriba (hasta los 35) o bien por abajo, para dar cabida a los pre-adolescentes o “teenagers” (13-14).

[3] Se admitirán ensayos vinculados a un evento o proyecto, durante un período limitado y pre-establecido. No obstante, se podrán realizar excepciones a dichas limitaciones durante el horario de información juvenil, en que hay más disponibilidad de  salas  y menos solicitudes. De modo que, por ejemplo, durante la etapa estival y vacacional en que muchos jóvenes tienen las mañanas libres, permitamos periodos de ensayos más continuos y permanentes a colectivos juveniles de artes escénicas (danza, teatro, circo, etc). No así a grupos de música que ya disponen del centro municipal Escenario Santander, para tal fin.

[4] Especialmente en lo relativo a aquellas entidades consideradas por los expertos como “Sectas destructivas” de la personalidad.

[5] Queda prohibido que la entidad/colectivo solicitante pida cualquier tipo de cuota o pago a los asistentes. Si bien, y con el fin de impulsar a los jóvenes creadores de la ciudad, al acabar la actividad, éstos podrán promocionar sus obras entre el público (discos, libros…).